Consultoría para el Plan de Prevención y Reducción del Desperdicio Alimentario – Ley 1/2025

Implantamos en tu empresa un Plan de Prevención y Reducción del Desperdicio Alimentario adaptado a la Ley 1/2025, con diagnóstico inicial, medidas de prevención, procedimientos, registros, indicadores y seguimiento.

 

✓ Diagnóstico adaptado a tu actividad  ✓ Plan, procedimientos y registros  ✓ Implantación, formación y seguimiento

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En Tecoal no nos limitamos a preparar un documento. Analizamos dónde se producen las pérdidas y el desperdicio dentro de tu operativa, definimos medidas aplicables a cada proceso y dejamos implantado un sistema que permita prevenir, controlar y documentar su gestión en el día a día.

¿Tu empresa está preparada para cumplir con la Ley 1/2025?

La Ley 1/2025, de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario, establece una jerarquía de prioridades que sitúa en primer lugar la prevención. Cuando no sea posible evitar un excedente, se prioriza su aprovechamiento para consumo humano, incluida la donación, antes de otros destinos como alimentación animal, utilización como subproducto o, finalmente, gestión como residuo. 

Para las empresas obligadas, disponer de un plan no debería reducirse a redactar un documento para una inspección. El sistema debe permitir identificar las causas del desperdicio, establecer responsabilidades, aplicar medidas de reducción y demostrar mediante procedimientos y registros que estas medidas se llevan a la práctica.

Las medidas obligatorias previstas en el artículo 6 de la Ley 1/2025 son aplicables desde el 2 de abril de 2026, por lo que las empresas afectadas deben tener ya adaptada su gestión a este nuevo marco. 

Si necesitas analizar cómo afectan esta u otras disposiciones a tu actividad, Tecoal también ofrece asesoramiento en legislación alimentaria.

¿Qué incluye nuestra consultoría en prevención del desperdicio alimentario?

Diagnóstico inicial

Analizamos la situación actual de la empresa y localizamos en qué fases se generan pérdidas, mermas, excedentes o desperdicio.

Análisis de procesos

Estudiamos los flujos de trabajo para identificar causas, puntos críticos y oportunidades reales de prevención y reducción.

Elaboración del Plan

Desarrollamos un Plan de Prevención y Reducción del Desperdicio Alimentario adaptado a la actividad, con medidas, responsables y procedimientos claramente definidos.

Procedimientos y registros

Creamos las herramientas necesarias para documentar incidencias, excedentes, actuaciones, donaciones y otros destinos establecidos.

Indicadores y seguimiento

Definimos indicadores que permitan conocer la evolución del desperdicio, evaluar las medidas implantadas y detectar oportunidades de mejora.

Formación del equipo

Explicamos el sistema a las personas responsables para que sepan cómo aplicarlo, registrar la información y actuar ante las situaciones contempladas en el plan.

¿A quién se dirige este servicio?

La Ley 1/2025 afecta a distintos agentes de la cadena alimentaria, pero las obligaciones concretas dependen de las características de cada empresa y actividad. La propia norma contempla excepciones para determinadas actividades de transformación, comercio minorista, distribución, hostelería y restauración en función de su superficie, así como para microempresas y pequeñas explotaciones agrarias. En determinados casos también debe considerarse la suma de establecimientos que operan bajo un mismo NIF. 

Por ello, antes de implantar un plan conviene determinar correctamente qué obligaciones resultan aplicables a cada organización.

Tecoal trabaja con empresas de producción y transformación de alimentos, industrias alimentarias, distribución, almacenamiento, comercio, restauración, catering, colectividades y otros operadores de la cadena alimentaria.

Si necesitas apoyo técnico más amplio para integrar estas obligaciones dentro de la gestión habitual de la empresa, puedes consultar nuestro servicio de asesoramiento en seguridad alimentaria.

Diagnóstico, auditoría e implantación del protocolo de desperdicio alimentario con registros y seguimiento TECOAL

Cómo implantamos el Plan de Prevención del Desperdicio Alimentario

1. Diagnóstico y línea de partida

Recopilamos información sobre la actividad, volúmenes, procesos y gestión actual de pérdidas, excedentes y residuos. El objetivo es conocer dónde se producen las principales desviaciones y disponer de un punto de partida sobre el que trabajar.

2. Identificación de los puntos de generación

Analizamos las diferentes etapas del proceso —recepción, almacenamiento, producción, elaboración, expedición, venta o servicio, según corresponda— para identificar dónde se generan pérdidas y cuáles son sus causas. No se trata únicamente de saber cuánto se desperdicia, sino de comprender por qué se produce.

3. Definición de medidas de prevención y reducción

Establecemos actuaciones adaptadas a la empresa para prevenir la generación de excedentes y mejorar su gestión cuando no puedan evitarse. La Ley sitúa la prevención como primera prioridad y, para los excedentes que no hayan podido evitarse, establece un orden que prioriza la redistribución para consumo humano antes de otros destinos. La norma permite adaptar esta jerarquía cuando existan motivos justificados relacionados, entre otros, con la seguridad alimentaria, la viabilidad técnica o económica o la protección medioambiental.

4. Elaboración de procedimientos y registros

Preparamos la documentación necesaria para trasladar el plan a la operativa real: responsables, instrucciones, registros, gestión de incidencias, excedentes, donaciones, subproductos y otros destinos que resulten aplicables. El objetivo es que la empresa pueda demostrar no solo que dispone de un plan, sino que lo aplica de manera efectiva.

5. Indicadores y objetivos

Definimos indicadores adecuados para seguir la evolución del sistema y evaluar si las medidas adoptadas están reduciendo las pérdidas o el desperdicio. Esto permite comparar periodos, identificar tendencias y tomar decisiones basadas en datos.

6. Implantación y seguimiento

Acompañamos a los responsables en la puesta en marcha del sistema y revisamos su evolución para introducir mejoras cuando sean necesarias.

Cuando la empresa necesita apoyo continuado en la gestión de procedimientos, documentación y requisitos de calidad, este trabajo puede complementarse con nuestro servicio de externalización del departamento de calidad

Donación, excedentes y jerarquía de prioridades

Uno de los aspectos centrales de la Ley 1/2025 es que los excedentes no deben gestionarse todos de la misma manera. La prioridad es evitar que lleguen a generarse.

Cuando la prevención no haya sido posible, la ley establece como primer destino la donación u otras formas de redistribución para consumo humano; posteriormente contempla alimentación animal, utilización como subproducto en otras industrias y, en última instancia, determinadas opciones de reciclaje o valorización.

Para las empresas obligadas, la ley contempla además la promoción de acuerdos o convenios para donar excedentes aptos para consumo humano, salvo que resulte inviable y pueda justificarse adecuadamente.

Por ello, el Plan debe contemplar no solo cómo reducir las pérdidas, sino también qué ocurre con los excedentes cuando se producen y quién es responsable de cada actuación.

Formación del equipo responsable

Un plan difícilmente funcionará si las personas que deben aplicarlo no conocen sus responsabilidades. Producción, calidad, compras, almacén, logística, restauración o atención al cliente pueden intervenir de formas diferentes en la prevención del desperdicio.

Por ello, Tecoal dispone también de una formación en prevención del desperdicio alimentario según la Ley 1/2025, orientada a que los responsables aprendan a identificar puntos críticos, aplicar medidas de prevención, registrar mermas y excedentes y gestionar correctamente las actuaciones previstas en el Plan. La formación puede impartirse en modalidad presencial, online o híbrida.

¿Qué ocurre si una empresa obligada no dispone del Plan?

La Ley 1/2025 incluye un régimen sancionador específico. No disponer del plan empresarial cuando exista obligación de tenerlo está tipificado como infracción grave. La ley establece multas de 2.001 a 60.000 euros para las infracciones graves, sin perjuicio de otras responsabilidades o normativa sectorial aplicable. 

También se contemplan infracciones relacionadas con la jerarquía de prioridades, determinadas obligaciones de donación o la destrucción intencionada o alteración de alimentos aptos para consumo.

Este apartado me parece mucho más potente comercialmente que el actual “riesgo de sanciones y riesgo reputacional”, porque aporta un dato concreto y respaldado legalmente sin caer en alarmismo.

Preguntas frecuentes sobre el Plan de Prevención del Desperdicio Alimentario

Las medidas obligatorias contenidas en el artículo 6 son aplicables transcurrido un año desde la publicación de la ley en el BOE, realizada el 2 de abril de 2025. Por tanto, son aplicables desde el 2 de abril de 2026.

No. La Ley establece obligaciones generales para los agentes de la cadena, pero contempla excepciones para determinadas actividades según superficie y para microempresas y pequeñas explotaciones agrarias. Por eso es necesario analizar cada caso antes de determinar las obligaciones concretas de la empresa.

El plan debe establecer cómo aplicará la empresa la jerarquía de prioridades prevista por la Ley. En la práctica, un sistema eficaz debe traducir esta obligación en medidas, responsables, procedimientos y herramientas que permitan aplicarlo y mantenerlo dentro de la operativa habitual.

No de forma absoluta. Para los agentes sujetos a la obligación correspondiente, la ley establece la promoción de acuerdos o convenios de donación de excedentes aptos para consumo humano, salvo cuando resulte inviable y pueda justificarse conforme a las condiciones previstas por la propia norma.

Partimos de la documentación existente. Revisamos qué procedimientos pueden mantenerse, cuáles deben adaptarse y qué elementos faltan para que el sistema sea coherente con la Ley 1/2025 y pueda aplicarse de forma ordenada y trazable.

Sí. El sistema se plantea para que la empresa pueda registrar información relevante, analizar la evolución del desperdicio y comprobar si las medidas adoptadas están funcionando.

Sí. La implantación puede incluir la explicación del Plan y de sus procedimientos a las personas responsables. Además, Tecoal dispone de formación específica para profundizar en la aplicación práctica de la Ley 1/2025.

Debe mantenerse adaptado a la realidad de la empresa. Si cambian procesos, instalaciones, productos, volúmenes o sistemas de gestión que puedan afectar a la generación o destino de excedentes, conviene revisar el plan y sus medidas.

Implanta tu Plan de Prevención del Desperdicio Alimentario con Tecoal

Cumplir con la Ley 1/2025 no consiste únicamente en disponer de un documento. El Plan debe permitir a tu empresa identificar dónde se producen las pérdidas, prevenirlas, gestionar correctamente los excedentes y disponer de procedimientos y evidencias que demuestren su aplicación.

En Tecoal analizamos tu actividad, desarrollamos el Plan y te acompañamos en su implantación para que el sistema pueda integrarse en el funcionamiento real de la empresa.

Cuéntanos cómo gestionáis actualmente las pérdidas y el desperdicio y estudiaremos qué necesita vuestra organización.

Servicios relacionados

Apoyo técnico para aplicar correctamente los requisitos de seguridad alimentaria y adaptar procedimientos y procesos a la actividad de tu empresa.

 

Asesoramiento para identificar y aplicar la normativa alimentaria que afecta a productos, procesos y actividad empresarial.

 

Apoyo continuado para gestionar documentación, requisitos, consultas, procedimientos y seguimiento del sistema de calidad de la empresa.

 

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Sobre nosotros:

Desde TECOAL entendemos que el tiempo es oro y hace falta mucho para investigar, gestionar, formarse, y estar al corriente de todo. Nosotros lo hacemos para que no tenga que perder el suyo.

 Ventajas formativas:

  • Bonificación 100 % con créditos de la FUNDAE para empresas.
  • Prácticas en MICROAL y TECOAL para alumnos y desempleados.

Horario de atención de 8 a 16h

Listeria

Control de Listeria

¿Tienes cubierto el control de Listeria que las Autoridades Sanitarias están exigiendo a las industrias alimentarias que elaboran PRODUCTOS LISTOS PARA EL CONSUMO?

Estos son los servicios que te ofrecemos para el control de Listeria:

1. Pruebas que evidencien que los procesos térmicos, tanto de calor como de frío, cumplen con los límites descritos en su Sistema de Autocontrol. Estas pruebas, denominadas verificaciones, demostrarán que las temperaturas y tiempos aplicados a los alimentos son suficientes para eliminar o minimizar el crecimiento de Listeria. Estas pruebas las realizamos con equipos calibrados.

2. Actualización del Sistema de Autocontrol incluyendo el control de Listeria. Esta actualización incluye la revisión de los productos químicos usados en industria.

3. Adaptación de las frecuencias de muestreo de Listeria en PRODUCTOS y SUPERFICIES en base al volumen de producción y si los productos elaborados son favorecedores o no del crecimiento de Listeria.

4. Caracterización de los productos elaborados en base a la actividad de agua (aw) y pH que presentan cada uno de ellos. Los resultados de estos dos parámetros identificarán a los productos como favorecedores o no del crecimiento de Listeria.

5. Estudios de vida útil. Uno de los objetivos de un estudio de vida útil es determinar el tiempo en el que un producto puede mantener niveles inferiores a 100 ufc/g de Listeria durante su comercialización, para que sea seguro para el consumidor final. Debes realizar tantos estudios como productos o familias de productos listos para el consumo elabores. Si necesitas estudios de vida útil urgentes podemos hacerlos mediante técnicas de microbiología predictiva.

6. Formación específica de Listeria.