Con fecha 27 de septiembre del año 2019, la Junta de Andalucía ha decidido lanzar un plan extraordinario de medidas controladoras que permitan detectar y, por tanto, evitar la contaminación de alimentos con Listeria Monocytogenes.
Este plan de acción nace como consecuencia de los casos de alerta en Listeria Monocytogenes que se han decretado durante los meses de agosto y septiembre de 2019 en territorio andaluz y que tan nefastas consecuencias ha dejado para los consumidores afectados.
¿En qué consiste el Plan Extraordinario de Listeria Monocytogenes?
Este plan de acción extraordinario que ha decidido lanzar la Junta de Andalucía parte de la base de que son las propias empresas las que, mediante sus Sistemas de Autocontrol, deben definir los riesgos, medidas de control, el número de muestras y análisis, al igual que las frecuencias de las mismas, para asegurar el perfecto estado de su producto y/o cadena de producción.
Sin embargo, la situación a la que se ha llegado durante los últimos meses, provocada como comentábamos anteriormente por las alertas sanitarias decretadas por los positivos en Listeria Monocytogenes, hace necesaria la implantación de medidas extraordinarias de control por parte de las administraciones públicas y operadores.
Estas medidas de control extraordinarias pretenderán proteger la salud de los consumidores andaluces respecto al peligro que supone ingerir alimentos contaminados con Listeria Monocytogenes así como reforzar el control sobre el posible peligro de Listeria Monocytogenes que pueda existir en Andalucía.
Para ello, la Junta de Andalucía propone las siguientes actuaciones:
- Asegurar la correcta caracterización de las empresas con respecto al riesgo de contaminación por Listeria Monocytogenes, así como de sus productos listos para el consumo.
- Verificar la adecuación y efectividad de los Sistemas de Autocontrol que las empresas están llevando a cabo para detectar y, en su caso, comunicar a las autoridades pertinentes los posibles casos de positivos en Listeria Monocytogenes que se puedan dar en sus instalaciones.
- Asegurar que los niveles de Listeria Monocytogenes se encuentran dentro de los límites establecidos – “No Detectado” en 25g en caso de alimentos favorecedores, es decir, aquellos más susceptibles de contaminación, y 100 UFC (Unidades Formadoras de Colonias) en 25g en caso de alimentos no favorecedores, es decir, aquellos alimentos con menos riesgo de contaminación por Listeria Monocytogenes – mediante la realización de un muestreo reforzado.
- Establecer criterios homogéneos para mejorar la eficacia de los controles oficiales en:
- Presencia y efectividad de los prerrequisitos y del plan APPCC en el control de la Listeria Monocytogenes.
- Caracterización de productos y estudios de vida útil de la empresa.
- Medidas previstas por la empresa ante un resultado positivo por Listeria Monocytogenes.
Como podemos ver, las actuaciones recogidas en este plan están encaminadas a asegurar la correcta prevención y, en su caso, medidas de actuación previstas en la empresa ante posibles casos de Listeria Monocytogenes en sus instalaciones, lo que sigue demostrando la importancia que tiene la prevención para evitar casos como los sucedidos durante los últimos meses.
¿Cuál será el ámbito de aplicación del Plan Extraordinario de Listeria Monocytogenes?
El Plan Extraordinario de control de Listeria Monocytogenes por parte de la Junta de Andalucía tendrá horizonte temporal de 2 años. Actualmente se encuentra en su fase inicial, un Plan de Choque que hemos explicado anteriormente y que está previsto que se prolongue hasta el próximo 31 de diciembre de 2019.
Su ámbito de aplicación está reducido exclusivamente a aquellas empresas del sector cárnico que fabriquen y/o envasen y/o re-envasen alimentos listos para el consumo. Estos Alimentos Listos para el Consumo (ALC) son aquellos alimentos destinados por el productor o fabricante al consumo humano directo, sin necesidad de cocinado posterior o cualquier transformación que pueda eliminar o reducir los microorganismos a niveles que no supongan un peligro para la salud del consumidor. Se incluyen aquellas empresas que trabajen con productos listos para el consumo de:
- Clave 10. Carne y derivados, aves y caza (categorías 1 y/o 2 de las actividades 17, 23, 32 o 74) y/o salado y secado de jamones y/o de carne.
- Clave 40. Almacenistas que re-envasen POA (40.6/04), sector cárnico y sector comidas preparadas a base de POA (cárnico).
- Clave 26. Comidas preparadas que fabriquen productos transformados a base de POA (26.1/05).
Toda esta información está extraída del documento oficial “Plan Extraordinario de Listeria Monocytogenes. Fase 1: Plan de Choque”, publicado por la Junta de Andalucía, por lo que si desea tener más detalles del mismo, no dude en consultar el documento al completo.