El Registro General Sanitario de Alimentos (RGSEAA) es un órgano administrativo de carácter nacional y público en el que toda empresa que fabrique, elabore, transforme, envase, almacene, distribuya o importe productos alimentarios destinados al consumo, debe estar inscrita para proteger la salud pública y los intereses de los consumidores. A través de toda la información que las empresas facilitan al Registro, se controlan las empresas, sus establecimientos y productos.
Este registro está regulado por el Real Decreto 191/2011 conforme a la normativa europea actual.
¿Qué empresas están obligadas a registrarse?
Aquellas que se dediquen a la producción, almacenamiento, manipulación, transporte y/o simplemente comercialización de alimentos.
¿Qué se necesita para obtenerlo?
Los requisitos necesarios para darse de alta en el Registro Sanitario se establecen en base a:
- Si la empresa desarrolla una actividad con productos de origen animal: En este caso, está obligada a cumplimentar la “solicitud de autorización sanitaria” de funcionamiento y no se podrá iniciar la actividad hasta no obtener el número de registro sanitario.
- Si en estos procesos no intervienen productos de origen animal: La empresa deberá entregar la comunicación de inicio de actividad, y desde la presentación de los documentos en el registro, ya puede iniciarse las distintas actividades.

Además de las diferencias en cuanto a la solicitud, también habrá diferencias entre los documentos que deben entregarse para cada caso. En la siguiente tabla mostramos información relativa a la documentación a entregar en cada caso.
- Solicitud: Modelo que debe entregarse cumplimentado con toda la información acerca de la empresa. Puede ser Autorización o Comunicación, como se ha mencionado anteriormente.
- CIF: Código de Identificación Fiscal de la industria.
- DNI: Documento Nacional de Identidad del gerente o administrador de la sociedad, cooperativa…
- Pago de tasa: Tarifa fijada por tramitar el expediente.
- Escrituras: Documento de escritura de constitución en el cual figuran las firmas de los socios fundadores ante notario.
- Memoria descriptiva de la actividad: Se indicarán las actividades que realiza la industria, los productos que elabora, transforma, distribuye, envasa o almacena. También se describirán todas las fases que se llevan a cabo durante la actividad de la empresa.
- Sistema de Autocontrol: Documentación obligatoria que toda empresa del sector agroalimentario que elabore, transforme, envase, almacene, o distribuya alimentos debe implantar para controlar los riesgos de contaminación de los alimentos. En esta documentación deben recogerse los Planes Generales de Higiene y los Análisis de Peligros.
¿Dónde hay que registrar a la empresa?
La empresa alimentaria interesada debe entregar la documentación expuesta anteriormente en un registro autonómico, competencia de la Consejería de Salud o de Comercio de la Comunidad Autónoma correspondiente, en la que se encuentre la empresa.
Presentados los documentos, ¿qué ocurre después?
Una vez presentada la documentación pertinente en cualquier oficina de registro, en un plazo máximo de 3 meses desde la fecha de entrada, se realizará una inspección sanitaria en las instalaciones de la empresa en cuestión, para garantizar que cumplen con las condiciones higiénico sanitarias necesarias.
Si esta es superada con éxito, AECOSAN, Agencia española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición, emitirá el Registro Sanitario en un plazo inferior a 3 meses, concediendo a la empresa un número de registro sanitario que es único y permite a la industria alimentaria el comercio de los productos.
¿Hasta cuándo es válido el Número de Registro Sanitario?
El número de RGSEAA que se otorga a la industria alimentaria es de tiempo indefinido, lo que no quiere decir que sea para siempre. El incumplimiento de cualquiera de las condiciones de seguridad alimentaria, higiénicas o legales, conlleva al cese y retirada de la industria del RGSEAA.
En Tecoal somos consultores y formadores en alimentación. Si está interesado en inscribir a su empresa en el Registro Sanitario, tiene cualquier duda a la hora de realizar los trámites, o necesita implantar el Sistema de Autocontrol necesario, contacte con nuestro departamento de Seguridad Alimentaria y le atenderemos personalmente:
Contacto:
tecoal@tecoal.net
seguridadalimentaria@tecoal.net
📞 Teléfono: 954 395 111
Preguntas frecuentes sobre el Registro Sanitario de Alimentos (RGSEAA)
¿Qué es el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos (RGSEAA)?
Es un registro público y nacional que garantiza que todas las empresas que manipulan alimentos cumplen con las normas de seguridad e higiene. Su objetivo es proteger la salud pública y los intereses del consumidor.
¿Quién está obligado a registrarse en el RGSEAA?
Cualquier empresa que fabrique, transforme, envase, almacene, distribuya o importe alimentos para consumo humano. Esto incluye desde industrias alimentarias hasta pequeñas empresas de distribución o catering.
¿Qué tipos de solicitudes existen?
Depende de si la actividad incluye productos de origen animal:
- Sí incluye productos de origen animal: debe solicitarse una autorización sanitaria y esperar el número de registro antes de comenzar la actividad.
- No incluye productos de origen animal: se puede presentar una comunicación de inicio de actividad, y se puede empezar a operar desde ese momento.
¿Qué documentos necesito presentar?
Los principales son:
- Solicitud cumplimentada (autorización o comunicación)
- CIF de la empresa
- DNI del responsable
- Escrituras de constitución
- Justificante de pago de tasas
- Memoria descriptiva de la actividad
- Sistema de Autocontrol implantado
¿Dónde debo presentar la documentación?
En el registro autonómico correspondiente, normalmente gestionado por la Consejería de Salud o Comercio de tu comunidad autónoma. Puedes entregarlo presencialmente o a través de la sede electrónica si tu comunidad lo permite.
¿Cuánto tarda el proceso?
- Tras presentar la solicitud, la administración tiene un máximo de 3 meses para realizar una inspección sanitaria.
- Si la empresa supera la inspección, AECOSAN emite el número de Registro Sanitario, también en un plazo aproximado de 3 meses.
¿El número de registro tiene caducidad?
No. El número de registro es indefinido, pero no “para siempre”. Si la empresa incumple alguna normativa sanitaria o legal, puede ser retirada del registro.
¿Puedo comercializar alimentos sin estar registrado?
No. Para vender legalmente alimentos en España (incluso online), es obligatorio estar inscrito en el RGSEAA. Operar sin registro puede implicar sanciones y cierre de la actividad.
¿Puedo recibir ayuda para realizar el trámite?
Sí. En Tecoal ofrecemos asesoría completa para:
- Inscribir tu empresa en el RGSEAA
- Redactar tu Sistema de Autocontrol
- Superar la inspección sanitaria con éxito