Registro General Sanitario de Alimentos (RGSEAA)
¿Qué empresas están obligadas a registrarse? Aquellas que se dediquen a la producción, almacenamiento, manipulación, transporte y/o simplemente comercialización de alimentos.
El Registro General Sanitario de Alimentos (RGSEAA) es un órgano administrativo de carácter nacional y público en el que toda empresa que fabrique, elabore, transforme, envase, almacene, distribuya o importe productos alimentarios destinados al consumo, debe estar inscrita para proteger la salud pública y los intereses de los consumidores. A través de toda la información que las empresas facilitan al Registro, se controlan las empresas, sus establecimientos y productos.
Este registro está regulado por el Real Decreto 191/2011 conforme a la normativa europea actual.
¿Qué se necesita para obtenerlo?
Los requisitos necesarios para darse de alta en el Registro Sanitario se establecen en base a:
1. Si la empresa desarrolla una actividad con productos de origen animal: En este caso, está obligada a cumplimentar la “solicitud de autorización sanitaria” de funcionamiento y no se podrá iniciar la actividad hasta obtener el número de autorización.
2. Si en estos procesos no intervienen productos de origen animal: La empresa deberá entregar la comunicación de inicio de actividad, y desde la presentación de los documentos en el registro, ya puede iniciar las distintas actividades.
¿Dónde hay que registrar a la empresa?
La empresa alimentaria interesada debe entregar la documentación y solicitud en un registro autonómico, competencia de la Consejería de Salud de la Comunidad Autónoma correspondiente, en la que se encuentre la empresa.
Presentados los documentos, ¿ qué ocurre después?
Una vez presentada la documentación pertinente en cualquier oficina de registro, en un plazo máximo de 3 meses desde la fecha de entrada, se realizará una inspección sanitaria en las instalaciones de la empresa en cuestión, para garantizar que cumplen con las condiciones higiénico sanitarias necesarias.
Si ésta es superada con éxito, AECOSAN, Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición, en un plazo inferior a 3 meses, concederá a la empresa un número de registro sanitario que es único y permite a la industria alimentaria el comercio de los productos.
¿Hasta cuándo es válido el Número de Registro Sanitario?
El número de RGSEAA que se otorga a la industria alimentaria es de tiempo indefinido, lo que no quiere decir que sea para siempre. El incumplimiento de cualquiera de las condiciones de seguridad alimentaria, higiénicas o legales, conlleva al cese y retirada de la industria del RGSEAA.
Si estás interesado en inscribir a tu empresa en el Registro Sanitario o tienes cualquier duda a la hora de realizar los trámites, contacta con nuestro departamento de Seguridad Alimentaria y te atenderemos personalmente.
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