El pasado 12 de enero de 2023, entró en vigor el nuevo Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.
¿Qué objetivo tiene?
Su objetivo es trasponer a un marco jurídico español la Directiva (UE) 2020/2184 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2020, relativa a la calidad de las aguas destinadas al consumo humano, que tiene por objeto proteger la salud de las personas de los efectos adversos derivados de cualquier tipo de contaminación de las aguas de consumo garantizando su salubridad y limpieza, y mejorar el acceso a las aguas de consumo.
Este real decreto tiene una doble finalidad, por una parte, establece el marco jurídico para proteger la salud humana de los efectos adversos de cualquier contaminación del agua de consumo al garantizar que sea salubre y limpia. Por otra, facilita el acceso a la misma siguiendo lo indicado por Naciones Unidas en el derecho humano al agua y saneamiento en el Reino de España.
Puntos relevantes
– Establece los requisitos de calidad del agua utilizada en la industria alimentaria para la fabricación de alimentos, o que entra en contacto con estos o con materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos.
– Contempla posibles excepciones para los operadores de empresas alimentarias que dispongan de su propia fuente de agua y la utilicen para fines específicos de su actividad.
– Garantiza que el uso de los distintos procesos del tratamiento de potabilización del agua, así como las sustancias químicas y medios filtrantes utilizados, sean efectivos, seguros y manipulados adecuadamente para evitar efectos adversos en la salud del usuario. En caso de incumplimiento el operador debe investigar inmediatamente la causa y garantizar que se tomen las medidas correctoras necesarias lo antes posible para restablecer la calidad del agua o restringir su uso si constituye un peligro potencial.
– Establece un enfoque basado en el riesgo que integra tres componentes:
- la evaluación y gestión del riesgo de las zonas de captación de aguas destinadas a la producción de agua de consumo humano.
- la evaluación y gestión del riesgo en la zona de abastecimiento, desde la captación hasta la entrega al usuario, lo que se denomina acometida.
- la evaluación y gestión del riesgo de las instalaciones interiores en edificios prioritarios (hospitales, residencias, guarderías, centros deportivos…).
– Pretende que la transparencia de la información relacionada con el agua de consumo (calidad del agua, agua facturada, precio por litro…) aumente la confianza de los ciudadanos en el agua que se les suministra y en los servicios relacionados con el agua y por lo tanto se incremente el uso del agua del grifo.
Este Real Decreto es de interés general, ya que tiene como finalidad, proteger la salud de las personas de los efectos derivados de cualquier tipo de contaminación; desde el origen del agua hasta el grifo del usuario.